¿De qué se trata el beneficio para Pymes que incluyen las nuevas Ordenanzas Fiscal e Impositiva?
El Régimen Simplificado para Pequeños Comercios, MONOTASA, comenzó a implementarse a partir del pasado 1º de Enero, siendo este una novedad de la última reforma tributaria municipal.
La MONOTASA reemplaza, para el pago de los pequeños comercios, la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, los Derechos de Publicidad y Propaganda y los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, facilitando la liquidación y el pago de los tributos municipales.
La misma, alcanza a todos aquellos contribuyentes que sean monotributistas, y que además, cuenten con un solo establecimiento comercial. El espíritu es fomentar la formalización, reducir y eliminar costos de asesoramiento contable y simplificar trámites para todos los comerciantes.
Para los casos de los Derechos de Publicidad y Propaganda y los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, quienes tributen bajo este régimen tendrán derecho a realizar publicidad por hasta cuatro metros cuadrados (4 m2) y a ocupar espacios públicos por hasta cuatro metros cuadrados (4 m2), los excedentes debiéndose tributar bajo el régimen general de cada tributo. Cabe destacar, que más allá de abonar el tributo, no se está eximido de la realización de los trámites correspondientes para a autorización sobre el Derechos de Publicidad y Propaganda y los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos.
CATEGORIAS DE MONOTASA
Categoría de MonotributoValor
Categorías A y B$500
Categorías C y D$1.000
Categorías E y F$1.500
Categorías G, H e I$2.000
Categorías J y K$2.500 Ord. Impositiva 11753/2018