Desde la Agencia Platense de Recaudación (APR) se informa la incorporación de un nuevo trámite de carácter obligatorio, que deberá realizarse antes de dar inicio al trámite por una nueva habilitación, modificación de rubro y/o superficie o traslado de todos aquellos rubros considerados especiales (ver aquí) por requerir documentación específica y/o todos aquellos emprendimientos cuya superficie afectada a la actividad comercial o industrial a desarrollar sea mayor a 300 m2.
Para lograr una mejor atención y minimizar los tiempos de tramitación una vez iniciado el expediente, en todos los trámites presenciales relacionados a habilitaciones comerciales o industriales, hemos incorporado el pre-trámite obligatorio vía e-mail. Esto permitirá que hagamos una revisión exhaustiva previa de la documentación a presentar de modo presencial, así como también el pre encuadre para determinar si la actividad a desarrollar es viable de acuerdo a las ordenanzas vigentes.
Para realizar dicha gestión, el contribuyente deberá adjuntar la totalidad de la documentación requerida vía mail a la casilla de correo prehabilitacion@laplata.gob.ar colocando en el asunto el Nº de CUIT (sin excepción).
Una vez revisada la documentación y constatado que se encuentra en forma para ser ingresada, se indicará por la misma vía para que el contribuyente solicite un turno de atención presencial ingresando a http://turnos.laplata.gob.ar, debiendo acercarse a realizar la gestión el titular del emprendimiento (o apoderado debidamente certificado) presentando los documentos originales para la confección de la pieza administrativa correspondiente.
Para más información podés hacer click aquí