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NUEVAS MEDIDAS DE ALIVIO FISCAL - EXIMICIÓN PAGO DE TASAS


ORDENANZA 12076


En el marco de la pandemia por Coronavirus COVID-19, las restricciones dispuestas por el Gobierno Nacional en sus Decretos 235 y 241  del 2021 y Provincial en el 178 y 181 del 2021 y sus respectivas prórrogas, y atendiendo a la delicada situación por la que atraviesan los contribuyentes de nuestra Ciudad, a través de la Ordenanza N° 12076 se establecieron nuevas medidas de alivio tributario para las ciudadanos platenses afectados.

Dicha normativa, fue aprobada por el Honorable Concejo Deliberante y publicada en el Boletín Oficial el día 02 de Junio, entrando así en vigencia a partir del 11 de junio 2021.

Se establece entonces la eximición de la cuota 3 del año 2021 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH), los Derechos de Publicidad y Propaganda, los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos y el Régimen Simplificado para Pequeños Comercios (Monotasa) para aquellos comercios afectados por la pandemia, incluidos en el ANEXO I del Decreto Reglamentario 1061/21.

Actividades comprendidas: Hoteles; Gastronómicos; Agencias de turismo; Salones de fiestas y eventos; Gimnasios; Teatros, museos, talleres, cines, etc.; Centros de Atención y Desarrollo Infantil (Guarderías); Transporte escolar; Transporte público.


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En lo que respecta a Taxis, Remises y Transporte Escolar, se procederá a eximir de oficio la Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene y los Derechos de Oficina. La presente medida será aplicada a todo el año 2021.  

Además, la norma establece un estímulo a nuevos emprendimientos comerciales, que implica la eximición de todas las Tasas y Derechos establecidos sobre la actividad económica a todos los emprendimientos comerciales cuyo inicio de actividad haya operado con posterioridad al 01 de abril 2021.

En este sentido, se eximirá a estos últimos del pago de los Derechos de habilitación, autorización o permiso, del pago de la cuota 3 del año 2021 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH),  los Derechos de Publicidad y Propaganda, los Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos y el Régimen Simplificado para Pequeños Comercios (Monotasa) 


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Cabe destacar que las medidas no eximen a los contribuyentes de la presentación de las declaraciones juradas correspondientes mientras se encuentren vigentes.















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