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NUEVAS MEDIDAS QUE BENEFICIAN A COMERCIANTES DE LA PLATA

Extienden los vencimientos de las habilitaciones

La Municipalidad de La Plata, a través de la Agencia Platense de Recaudación (APR), ha decidido nuevas medidas a los fines de seguir acompañando el esfuerzo que hacen los comerciantes de la Ciudad a diario. 

Específicamente, se procedió a establecer nuevos plazos de vigencia para las habilitaciones comerciales e industriales conforme lo indicado en el ANEXO que forma parte de la  Resolución General 10/2021 dictada por la APR. 

Lo establecido en la norma también regirá respecto de las habilitaciones de aquellos establecimientos comerciales e industriales ya otorgadas y vigentes. 

En este sentido, se informó que se procedió a extender el plazo de vigencia de los certificados y que para aquellas habilitaciones que originalmente poseían un vencimiento de tres (3) años pasarán ahora a tener una fecha de caducidad a los cinco (5) años de haber sido otorgadas, mientras que aquellas cuyo fenecimiento estaba dispuesto a un (1) año de haber sido otorgada, a partir de esta nueva medida tendrán su caducidad a los tres (3) años. 

Los titulares de habilitaciones ya otorgadas y vigentes que lo deseen podrán solicitar por ante la Dirección de Habilitaciones de Comercio e Industria la actualización de su certificado de habilitación conforme la nueva normativa, o bien podrán optar por exhibir una copia de la Resolución General 10/2021 y su correspondiente ANEXO junto con el Certificado de Habilitación en su local comercial o industrial. 

Quienes opten por esta última opción deben saber que podrán obtener la copia a exhibir haciendo click aquí

Quienes deseen solicitar la reimpresión deberán hacerlo enviando foto (LEGIBLE) del certificado vigente a la  casilla de correo habilitaciones@laplata.gob.ar, indicando en el asunto del correo “reimprimir certificado”. Agentes responsables del área se comunicarán por esta misma vía dando aviso de cuándo podrán pasar a retirar el nuevo certificado con plazo actualizado. Al momento de retirar el nuevo certificado será obligatorio presentar el cartón de habilitación anterior, sin excepción. 

Se recuerda a los contribuyentes, que ante dudas o consultas pueden hacer uso del canal  “Escribinos”  - Servicio de Atención al Contribuyente vía E-mail presente en el extremo inferior izquierdo del sitio web de la APR










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